martes, 20 de agosto de 2019

QUÉ HACER SI LA EMPRESA NO RECONOZCA TUS DERECHOS LABORALES


Vacaciones denegadas

Según el estatuto de los trabajadores art. 38, el trabajador tiene que conocer la fecha de inicio de sus vacaciones con mínimo dos meses. Es decir, el trabajador debería solicitar las dos meses y una semana antes para que la empresa tiene la posibilidad de responder y organizar el trabajo. La empresa puede denegar la solicitud si hay causa justificada; si no hay posibilidad de liberarle del puesto, (si hay otros compañeros que tienen vacaciones en las mismas fechas, etc.).

Según el art. 14 del convenio colectivo la empresa puede hacer contratos eventuales por circunstancias de la producción durante el periodo vacacional para sustituir el personal que disfrutan sus vacaciones.

¿qué hacer si la empresa deniega la solicitud de vacaciones sin causa justificada?

Primero, es importante tener todo en escrito para demostrar los hechos.
Segundo, con las pruebas el trabajador puede denunciar la denegación directamente al juzgado de lo social de Barcelona sin el uso de un abogado. La denuncia no tiene coste ninguno y será procedimiento rápido. La sentencia no es recusable, es definitivo.




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