Vacaciones denegadas
Según
el estatuto de los trabajadores art. 38, el trabajador tiene que conocer la
fecha de inicio de sus vacaciones con mínimo dos meses. Es decir, el trabajador
debería solicitar las dos meses y una semana antes para que la empresa tiene la
posibilidad de responder y organizar el trabajo. La empresa puede denegar la
solicitud si hay causa justificada; si no hay posibilidad de liberarle del
puesto, (si hay otros compañeros que tienen vacaciones en las mismas fechas,
etc.).
Según
el art. 14 del convenio colectivo la empresa puede hacer contratos eventuales
por circunstancias de la producción durante el periodo vacacional para
sustituir el personal que disfrutan sus vacaciones.
¿qué hacer si la empresa deniega la solicitud de vacaciones sin
causa justificada?
Primero, es importante
tener todo en escrito para demostrar los hechos.
Segundo, con las pruebas
el trabajador puede denunciar la denegación directamente al juzgado de lo social
de Barcelona sin el uso de un abogado. La denuncia no tiene coste ninguno y
será procedimiento rápido. La sentencia no es recusable, es definitivo.
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