¿Tienes
días de compensación no planificados?
¿Te rechaza tu solicitud de vacaciones porque
tienes que disfrutar los días de compensación primero?
Si
ha pasado más que cuatro meses desde que has generado el día de compensación,
pide que te pagan el día; mejor tener el dinero en el banco que en la empresa,
y tiene el derecho que te pagan según el art. 35 del ET.
Ponte
en contacto con nosotros para más información.
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